Alcalde de Victoria impugna multa por violencia política de género que considera desproporcionada
Eduardo Gattás y su secretario buscan revertir sanción impuesta por el Instituto Electoral de Tamaulipas
El alcalde de Ciudad Victoria, Eduardo Gattás, junto con el secretario del Ayuntamiento, Hugo Reséndez, impugnaron ante el Tribunal Electoral de Tamaulipas una multa por 11 mil 314 pesos impuesta por violencia política de género, que califican de desproporcionada e improcedente. La sanción, emitida por el Instituto Electoral de Tamaulipas (Ietam) en febrero de 2026, también incluye su registro en los padrones estatal y nacional de personas sancionadas, lo cual ambos funcionarios buscan anular por considerar que daña su imagen pública.
Detalles de la multa y argumentos de la defensa
La multa equivale a 100 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), lo que para Gattás y Reséndez no corresponde a un análisis justo de sus condiciones socioeconómicas. En la impugnación, argumentan que:
“En ningún momento se recabó información de percepciones, ingresos, cargas económicas, obligaciones financieras o contexto patrimonial, se hizo una presunción genérica. Y de manera contradictoria, se descartan sanciones menos gravosas, como apercibimiento o amonestación”.
Además, califican la multa como excesiva, al representar aproximadamente el 20% del máximo legal permitido para este tipo de infracción, sin explicación suficiente por parte de la autoridad electoral.
Argumentos sobre la naturaleza del caso
Gattás y Reséndez niegan que la situación implique violencia política de género. Explican que la controversia surgió a raíz de la lectura, en sesión de cabildo, de un escrito presentado por un particular que solicitaba apoyo para un conflicto relacionado con la síndica y su hijo. Aseguran que su actuación fue institucional, sin intención de agredir por motivo de género, y que habrían procedido igual si la denuncia involucrara a un hombre.
También rechazan la inclusión en los padrones de sancionados, pues consideran que viola sus derechos a la honra, reputación e imagen pública, además de la presunción de inocencia.
Posición del Instituto Electoral de Tamaulipas
El Ietam sostuvo que existían formas más adecuadas para notificar a la denunciante, como reuniones privadas en oficinas del Ayuntamiento, con el fin de proteger su intimidad y vida privada. La autoridad electoral indicó que la difusión de información privada durante la sesión de cabildo fue la base para calificar la conducta como violencia política de género.
Asimismo, el caso fue reportado a la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia Municipal, pero los acusados aseguraron que no hubo intención de desacreditar o denigrar a la denunciante.
Este caso pone en el centro el debate sobre la aplicación de las sanciones por violencia política de género y la adecuación de las medidas para proteger tanto los derechos de las víctimas como las garantías procesales de los funcionarios públicos. Para más información sobre políticas y regulaciones electorales en México, se puede consultar la página oficial del Instituto Nacional Electoral.
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